Desde este viernes entra en vigencia el incremento del impuesto aplicado a la expedición de cheques y a las transferencias electrónicas realizadas a terceros, tanto dentro de una misma entidad bancaria como entre diferentes instituciones financieras. Con la entrada en vigor de la medida, el gravamen pasará de 0.15 % a 0.20 %.
La normativa también establece una serie de excepciones, por lo que determinadas operaciones quedarán exentas del impuesto, mientras que otras continuarán sujetas al cobro de la nueva tasa conforme a lo dispuesto en la ley.
La retención no será aplicada en los siguientes casos:
Asimismo, a las transacciones internacionales, a puestos de bolsa y cuentas mancomunadas hacia cuentas del mismo titular. Para ello, será preciso mostrar, previo a la transferencia, una carta del banco de destino que valide la titularidad de la cuenta.
Según la normativa, el impuesto sí será aplicado en los siguientes casos:
El calendario de aplicación de la Ley 30-26, publicado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), además instaura otros cambios fiscales, entre ellos el incremento de la contribución de salida de pasajeros, que pasó de 20 a 30 dólares e inició a aplicarse desde la pasada semana.